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8. DISPOSICIONES TRANSITORIAS

8.1 ARTICULO 28. - (Primera Comisión Directiva y Fiscal).

La Primera Comisión Directiva y la primera Comisión Fiscal, que deberán actuar hasta el 30 de Noviembre de 2003 y estarán integradas en la siguiente forma:

COMISION DIRECTIVA

Suplentes:

COMISION FISCAL

Suplentes:

8.2 ARTICULO 29. - (Gestores de la Personería Jurídica).

Los señores don Fulanengue de Tal C.I. 1.234.567-8 y don Sutanito de Cual C.I. 9.876.543-2 quedan facultados para, actuando conjunta, separada o indistintamente gestionen ante el Poder Ejecutivo la aprobación de estos estatutos y el reconocimiento de la personería jurídica de la Institución, con atribuciones además, para aceptar las observaciones que pudieran formular las autoridades públicas a los presentes estatutos y para proponer los textos sustitutivos que en su mérito pudieren corresponder.


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